miércoles, 26 de diciembre de 2018

1676 (X 26/12/18) Justicia? o Venganza?

De nuevo se debate hasta en los bares la conveniencia o no de la “prisión permanente revisable”, un eufemismo de la “cadena perpetua” que se viste de seda pero en mona se queda.
      A lo largo de este blog(*) hemos tratado reiteradamente de este asunto por lo que me limitaré a reproducir textualmente, tal cual, la entrada, por ejemplo…, la 843 del 23/10/13, como sigue:
      “Con fecha 18/9/12 escribimos la entrada 448.2 de este blog que reproducimos textualmente ante la hipócrita reacción de los ministros de Justicia y de Interior escandalizándose por la sentencia del Tribunal Europeo de Estrasburgo que rechazó la aplicación de la doctrina Parot como lo haría cualquier estudiante de primero de Derecho.
    La ley del Talión, “ojo por ojo diente por diente”, se interpreta erróneamente como una ley salvaje cuando en realidad, siendo la primera ley penal, constituía un avance social: limitaba la venganza a un ojo por ojo, uno solo, no dos ni tres ni cuatro, como ocurría antes de esa Ley. Así que la regulación de la Justicia (penal) comenzó con la limitación de la Venganza (repito: la Justicia comenzó con la limitación de la Venganza.) Es más, nació para limitar la Venganza. Justicia?Con el tiempo las sociedades se civilizaron y abolieron la prisión por deudas, los trabajos forzados, la pena de muerte... Con razón, las regiones donde sigue vigente la pena de muerte (no digamos ya la lapidación) se consideran salvajes por su atrocidad. A finales del siglo XIX la antropología y la sociología denunciaron que las cárceles estuvieran ocupadas principalmente por personas de baja extracción social, que los delincuentes eran en gran parte víctimas de una marginación social, familiar y afectiva, y que las cárceles, en lugar de centros de regeneración, lo eran de perversión. Y con esta visión general y acertada se legisló para que los presos, aparte de castigados, fueran reinsertados; para que por buen comportamiento se beneficiaran de reducciones de penas, y para que, sobreponiendo la justicia a la venganza, las penas tuvieran un límite de tiempo (en España, 30 años). En los países nórdicos lo aplican con resultados sorprendentes. 
      Estas ideas progresistas no se pueden esgrimir a una madre que tiene delante el cadáver de su hijo, claro está, pero sí deben exigirse a un legislador que busque leyes justas en materia penal. Y he aquí que llega el neoneanderthal.com ministro de Justicia y nos anuncia que quiere reimplantar la cadena perpetua (“permanente revisable”, otro eufemismo). Otra marcha atrás. O sea, que para ganarse unos votos, los de las familias de las víctimas, recupera la venganza en el lugar de la justicia en el código penal.”
       No se puede modificar el código penal a golpe visceral de cada caso, como está ocurriendo ahora. Los códigos legales están llamados a sobrevivir las anécdotas por graves que éstas sean a nivel individual.
      Y no es verdad que agravando las penas, la represión, se consiga nada útil. La experiencia ha demostrado todo lo contrario. Además de que España, que  “goza” en Europa de las tasas (relativas) más bajas de criminalidad, tiene más presos en las cárceles que sus países vecinos. Cuando los energúmenos (juristas? sin exámenes, supongo) exigen a gritos la prisión permanente revisable sólo quieren arañar votos echando carnaza a la masa sedienta de sangre que cuando vocifera “justicia! justicia!” lo que grita es “venganza! venganza!”, así sin más.
___________________________________________________
(*) Entrada 448.2 del 18/9/2012: “Populismo penal”
Entrada 528.1 del 8/12/2012: “La pena de muerte como venganza”
Entrada  843 del 23/10/2013: “La Justicia nació para reprimir la venganza”
Entrada 1040 de 10/02/2015: “Leyes impopulares”
Entrada 1240 de 27/08/2016: “Otegi”

Uniendo los tres primeros títulos tendríamos que si la Justicia nació para reprimir la venganza, aplicar la cadena perpetua (ahora llamada "prisión permanente revisable") como venganza es puro populismo criminal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario