En
el siguiente cuadro publicado el pasado domingo en El País puede verse la diferencia de años entre el tiempo de las
condenas y los años que realmente tendrán que cumplir los condenados. El art. 76.1 del código
penal establece que “el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable
no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de
las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde
que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrá exceder de 20 años”. Aplicando
este artículo los 51 años que le han caído a Fco. Correa se quedan en 18, los
33 años de Bárcenas se convierten en 18, y los 4 años y 9 meses de José Luis
Peñas en 3 años y 6 meses.
A cambio, hay que tener en cuenta que
estas condenas corresponden a una de las siete piezas separadas del caso
Gürtel, del que quedan otras seis (Boadilla, Bárcenas, AENA, Papa, Jerez, Orange Market),
más otros casos pendientes como la Púnica, Taula, Erial, Lezo…, por no citar
las de las CC.AA. de Madrid y Valencia.
Cara
a la moción de censura que se tramita hoy, recordamos que los escaños del
Congreso actual, desde la votación de 26/6/16, se reparten como sigue:
PP
134
PSOE
84
IU/Podemos 45
En
Comú Podem 12
En
Marea 10 / 67
Ciudadanos 32
ERC 9
EAJ/PNV 5
Grupo
Mixto 19 * /
350
PdeCat 8 *
Compromis 4 *
Bildu 2 *
UPN 2 *
Coal.Can.
1 *
FAC 1 *
NC 1 *
No hay comentarios:
Publicar un comentario